Brisol - Energía Renovable

Brisol - Energía Renovable EMPRESA DE ENERGÍAS RENOVABLES, SOLAR, EÓLICA, FOTOTÉRMICA, ILUMINACIÓN, REGADÍO Y MÁS.

28/04/2026

NOTA DE PRENSA

BRISOL CONSIGUE SENTENCIA QUE ORDENA AL MINEM PROMULGAR EL REGLAMENTO DE GENERACIÓN DISTRIBUIDA

Lima, 27 de abril de 2026. – En una decisión trascendental para la soberanía energética del Perú, el Poder Judicial ha dado la razón a la empresa BRISOL (Recursos Energéticos Renovables S.A.C.), ordenando al Ministerio de Energía y Minas (MINEM), mediante sentencia dictada por la Segunda Sala Constitucional con fecha 25 de noviembre de 2025, que promulgue el Reglamento de Generación Distribuida.
A la fecha, la institución se encontraría en situación de desacato, habiendo vencido ampliamente el plazo de diez días otorgado por el 6.º Juzgado Constitucional de Lima (Exp. 0387-2024-0-1801-JR-DC-06).

El fallo busca garantizar que cualquier ciudadano o empresa pueda generar energía limpia y ver reflejada una rentabilidad real en su economía.

La amenaza de una “victoria pírrica”

A pesar del éxito judicial, el abogado de la causa y también gerente general de Recursos Energéticos Renovables S.A.C. – BRISOL, Joseph Jiskra, advierte que el MINEM podría intentar transformar este logro en una “victoria pírrica”.

Según el análisis de la prepublicación reciente (R.M. 045-2024-MINEM/DM), el Ministerio habría modificado la fórmula de compensación económica al ciudadano que inyecte energía a las redes públicas, reduciendo sustancialmente dicha compensación.

“Hay indicios que llevan a pensar que el MINEM pretende cumplir con las formalidades al publicar el Reglamento, pero vaciándolo de contenido y de beneficio real”, comentó Jiskra.
“Mi intención es lograr un Reglamento de utilidad y provecho para todos los peruanos. Me siento orgulloso de haber promovido y obtenido una Sentencia que pueda beneficiar a cada ciudadano; sin embargo, me preocupa lo que finalmente pueda ocurrir”, añadió.

La preocupación radica en el posible abandono del sistema Net Metering (canje de energía 1 a 1), previsto en 2018, para imponer el Net billing. Bajo este último modelo, el ciudadano se vería obligado a vender su excedente de energía a precio mayorista (a precio de remate), mientras continúa comprándola a precio minorista (a precio de oro).

Impacto económico y laboral en juego

Para BRISOL, un reglamento justo es aquel que permita recuperar la inversión en paneles solares en un plazo no mayor de cuatro años.
Actualmente, la falta de incentivos eleva el retorno de inversión (ROI) a períodos de entre seis y nueve años, e incluso en algunos casos a más de diez años, lo que desincentiva el uso de energías renovables.

“Un reglamento que no reduzca sustancialmente el plazo de retorno de inversión —cuatro años según nuestra evaluación— es, sencillamente, una burla y un desincentivo para el desarrollo de las energías renovables en el país”, enfatizó el letrado.

La puesta en marcha de una normativa adecuada no solo mitigaría las cuentas mensuales de electricidad y promovería beneficios ambientales, sino que también generaría cientos de miles, e incluso potencialmente más de un millón, de nuevos puestos de trabajo, siguiendo ejemplos regionales como el de Brasil.
Según una noticia publicada en marzo de 2026, el sector de energía fotovoltaica en Brasil creó dos millones de empleos.

Un llamado a la vigilancia nacional

El Dr. Jiskra hace un llamado al Presidente de la República, a los legisladores y a los medios de comunicación para que permanezcan atentos a la norma que pueda publicar la Dirección General de Electricidad del MINEM.

El objetivo —señala— es asegurar la promulgación de un reglamento adecuado, rentable para quienes deseen invertir bajo sus parámetros, y que constituya un incentivo real para cualquier ciudadano peruano que quiera aprovechar las energías renovables.

Un reglamento que arroje un retorno de inversión superior a cuatro años, o que al menos no reduzca sustancialmente el ROI que actualmente produce el autoconsumo, sería —según advierte— un fuerte desincentivo y una barrera económica infranqueable para la mayoría de peruanos, comprometiendo seriamente el desarrollo de las energías renovables en el país.

La imagen institucional del MINEM también queda cuestionada al haber requerido de una orden judicial para cumplir con el artículo 2 del Decreto Legislativo 1221. Este hecho podría afectar la imagen que el Perú busca proyectar internacionalmente como un país que promueve el uso de energías renovables.

La interrogante que queda en el aire es: ¿qué intereses podrían existir detrás de los hechos descritos?

Una duda razonable después de casi diez años de inacción del MINEM, seguidos por un cambio hacia el modelo de Net Billing justo antes de que una Sentencia judicial le ordenara promulgar la norma.

La ciudadanía —concluye Jiskra— debe exigir un reglamento pensado para el interés público y no para proteger las ganancias extraordinarias del oligopolio eléctrico.

14/04/2026

¡¡¡YA LA EXTORSIÓN NO SÓLO ES PRESENCIAL!!!

ESTE HECHO YA FUE COMUNICADO A LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ, QUIEN YA SE ACERCA A LA CAPTURA DE ESTE DELINCUENTE. TODO INDICA QUE IGNACIO LOPEZ CREO EL CORREO [email protected] para realizar esta EXTORSIÓN. LEAN CON QUE DESCARO EL DELINCUENTE LE ESCRIBE ESTE CORREO A BRISOL:

Hola.
Este correo lo esta recibiendo debido a que tengo acceso total a su buzon [email protected] y a todos sus dispositivos.
Llevo unas cuantas semanas vigilandole.
¿No tiene idea de cómo es esto posible? Usted un sitio en que fue infectado con un software de mi creacion.
Por si no sabe como funciona , voy a explicarselo.
Con la ayuda de este software, tengo total acceso a una PC o a cualquier otro dispositivo.
Eso significa que puedo verle siempre que quiera frente a la pantalla, con solo encender la camara y el
microfono sin que usted se de cuenta.
Ademas, también tengo acceso a su lista de contactos, mensajes de whats app y a todos sus correos
electronicos.
“Pero mi equipo tiene un antivirus activo, ¿como fue posible? ¿Por que no he recibido ningun aviso?”
La respuesta es simple: mi software utiliza controladores propios, lo que me permite actualizar su actividad
cada dos horas y de esta manera no sea detectado , y por ende su antivirus se mantiene inactivo.
Le informo que cuento con un video en el que sale masturbandose, y del lado derecho el video que estaba
viendo mientras se masturbaba.
¿En que puede perjudicarle esto? Con una sola pulsacion de raton, puedo enviar el video a todas sus redes
sociales y contactos de correo electronico.
Tambien puedo compartir todos sus mensajes de correo electronico asi como sus conversaciones de messenger y
de whats app.
Si desea evitar que todo esto suceda solo debe transferir bit.coins por valor de 950 USD (novecientos cincuenta
dolares americanos) a mi dirección bit.coin
(si no tiene ni idea de cómo hacerlo, puede abrir el navegador y simplemente buscar: “Comprar bit.coins”).
Monto: 950 dolares americanos. Mi dirección bit.coin (monedero BTC) es:
Parte 01:
3KdH1JTRP4ocgfiei
Parte 02:
nqdasXK7Uorn3Gbxs
Debe copiar y pegar parte 01 + parte 02 y SIN espacios para que resulte una cadena de 34 caracteres, donde el
primer caracter es "3" y el ultimo es "s". La cadena completa es la direccion donde debe enviar el monto.
Una vez que realice el pago automaticamente recibire un aviso de que usted ya lo efectuo, yo borrare el video de
inmediato, y se acabo, no volvera nunca a saber de mi.
Tiene solo dos dias (48 horas) para completar esta transaccion.
Cuando Usted abra este mensaje de correo, recibire una notificación y mi temporizador se pondra en marcha.
Presentar una queja o denuncia no le va a servir de nada, ya que este mensaje no puede ser rastreado, al igual
que mi identificador de pagos.
Llevo años dedicándome a esto y creame.. Nunca cometo errores.
Si advierto que ha mostrado este mensaje a cualquier otra persona, distribuire inmediatamente su video, tal
como se lo he indicado. El tiempo comienza a correr en este momento.

01/04/2026
EL DERECHO A LA VENTA DE EXCEDENTES DE ENERGÍA Y EL FRENO REGULATORIO EN EL PERÚ, GENERADO POR EL MINEM1. El Derecho Leg...
21/03/2026

EL DERECHO A LA VENTA DE EXCEDENTES DE ENERGÍA Y EL FRENO REGULATORIO EN EL PERÚ, GENERADO POR EL MINEM
1. El Derecho Legal Ignorado
Desde el año 2015, mediante el Decreto Legislativo N° 1221 (Art. 2), los peruanos tienen el derecho legal de generar su propia electricidad con paneles solares y vender el excedente (la energía que producen, pero no consumen) a la red pública. Sin embargo, este beneficio no se puede aplicar porque el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) no ha promulgado el Reglamento correspondiente en más de 10 años.
2. El Estudio Técnico "Gris" y la Inacción del Estado
Para facilitar este proceso, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) donó al Perú un estudio especializado realizado por la firma internacional EDF International Networks SAS (Contrato F-034-13202). Este estudio entregó un proyecto de reglamento listo en marzo de 2018.
A pesar de tener el documento técnico y haberlo prepublicado dos veces (R.M. 292-2018 y recientemente R.M. 439-2024), el MINEM mantiene el proceso paralizado. Esta demora resulta altamente sospechosa, sugiriendo una posible protección a los intereses económicos de las grandes empresas generadoras y distribuidoras de electricidad, que hoy reciben gratis los excedentes que los usuarios inyectan a la red.
3. Impacto Económico: El Costo de la Espera
La ausencia de este reglamento afecta directamente el bolsillo de quien decide invertir en energía solar:
Retorno de Inversión (ROI): Sin la venta de excedentes, un usuario recupera su inversión en aproximadamente 10 años. Si el reglamento estuviera vigente, el tiempo de recuperación bajaría drásticamente a solo 3 años.
Pérdida de Ingresos Pasivos: Hoy, la energía solar sobrante producida al mediodía se "regala" a la red. El reglamento permitiría que esa energía se traduzca en dinero a favor o facturas de costo cero.
Sobrecosto en Equipos: Al no poder vender el excedente, los usuarios se ven forzados a comprar baterías costosas o instalar sistemas pequeños que no aprovechan todo el potencial de sus techos.
4. La Batalla Legal de BRISOL
Ante esta negligencia estatal, la empresa Recursos Energéticos Renovables SAC – BRISOL ha tomado el liderazgo legal en beneficio de todos los peruanos, entablando una Demanda de Cumplimiento (Exp. 03587-2024) contra el MINEM.
Aunque en primera instancia la jueza Jacqueline Tarrillo declaró improcedente la demanda (bajo el polémico argumento de que 10 años no son suficientes para un "reglamento complejo"), BRISOL ha apelado la sentencia. El caso escalará probablemente hasta el Tribunal Constitucional para obligar al Ejecutivo a cumplir con la ley.
Conclusión
La tecnología solar hoy es rentable, pero la falta del reglamento la hace menos accesible. La lucha de empresas como BRISOL no es solo comercial, sino una defensa del derecho ciudadano a la soberanía energética y a un mercado eléctrico más justo y competitivo.

📊 Más del 80% de la energía mundial aún depende de combustibles fósiles.Y cada cierto tiempo ocurre lo mismo: conflictos...
10/03/2026

📊 Más del 80% de la energía mundial aún depende de combustibles fósiles.

Y cada cierto tiempo ocurre lo mismo: conflictos, recortes de producción o problemas logísticos… y el precio del petróleo vuelve a sacudir a las empresas.

¿La alternativa?
☀️ Producir tu propia energía.

Los sistemas fotovoltaicos permiten reducir la dependencia del petróleo y estabilizar los costos energéticos por años.

En Brisol ayudamos a que las empresas pasen de la incertidumbre energética a la autonomía solar.

El precio del petróleo registró un fuerte aumento en medio de la tensión internacional por el conflicto entre Estados Unidos, Israel y Irán. La incertidumbre...

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19/01/2026

Tu empresa quiere reducir sus costos en energía eléctrica? Ello se consigue con el uso de paneles solares; y/o, con sistemas de baterías inteligentes, que hacen "recorte de picos" o "peak shaving" Lo que genera un importante ahorro en el rubro "Potencia" o "Demanda Máxima" de tu Recibo mensual.

Informes/Cotizaciones: [email protected]

Las luminarias autónomas de BRISOL sirven tanto para vigilancia, como para dar iluminación a un lugar especial. Cotizaci...
04/01/2026

Las luminarias autónomas de BRISOL sirven tanto para vigilancia, como para dar iluminación a un lugar especial.
Cotizaciones/Informes: [email protected]

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