30/05/2024
Actualización del área de Retiro Frontal o mas conocido como área de antejardín, anteriormente el cantón prohibía la construcción en un margen desde la colindancia frontal hacia su predio de 2.5m para la nueva actualización según el Cantón Central de Heredia pasa a ser de 2m.
ARTÍCULO 96. Antejardín frente a calle pública
En el desarrollo de todas las construcciones, debe respetarse el antejardín o retiro frontal. El ancho del mismo debe ser el establecido en las regulaciones locales vigentes emitidas por la Municipalidad.
En caso de no contar con este tipo de regulaciones, el ancho mínimo de antejardín debe ser de 2,00 m frente a vías cantonales, y frente a vías nacionales según lo determine el MOPT. La Municipalidad puede eximir del antejardín a aquellas construcciones que se desarrollen en las zonas urbanas o en los cuadrantes de ciudad, determinadas de acuerdo con el plan regulador vigente.