23/04/2026
Situaciones que vale la pena compartir....
🏠 Si tu vivienda estaba en un segundo nivel y ya no existe, ¿qué derechos te quedan?
Una consulta que nos hizo llegar un seguidor nos invita a abordar una situación que afecta a muchas familias cubanas: la vivienda en segundo nivel que desaparece por derrumbe, demolición o mal estado constructivo. ¿Qué queda legalmente cuando la edificación ya no existe?
✅ La diferencia a tener en consideración: no hay suelo propio
Cuando una vivienda de planta baja desaparece, el derecho sobre el terreno se mantiene. El propietario conserva el suelo, que pasa a regirse como solar yermo, y puede reconstruir, vender o transmitir ese terreno.
El propietario de una vivienda en segundo nivel está en una situación distinta: su propiedad recae sobre la edificación, no sobre el suelo. Si la construcción desaparece, no hay terreno propio que conservar.
✅ ¿Qué derechos conserva el propietario del segundo nivel?
El derecho de propiedad sobre la vivienda no se extingue automáticamente por el derrumbe. El título sigue siendo válido como documento, pero describe una edificación que ya no existe físicamente, lo que genera complicaciones prácticas para cualquier gestión legal.
Lo que sí se conserva es el derecho a reconstruir, siempre que se cumplan tres condiciones:
— Que la estructura del primer nivel lo permita técnicamente.
— Que no existan regulaciones urbanísticas que lo impidan.
— Que exista acuerdo con el propietario del primer nivel, cuya placa o azotea sirve de base para la edificación superior.
Este último punto es frecuentemente el más conflictivo.
✅ ¿Qué pasa si el propietario del primer nivel no quiere reconstruir o se niega a permitirlo?
Aquí surge el n**o del problema. La Ley General de la Vivienda establece que los propietarios de viviendas en edificios de varias plantas podrán conceder de común acuerdo al propietario de la vivienda en el nivel superior el derecho a ampliar o construir, siempre que técnicamente sea posible y no existan regulaciones urbanísticas que lo impidan.
Si no hay acuerdo, el propietario del segundo nivel puede acudir a la vía administrativa ante la Dirección Municipal de la Vivienda, y de no resolverse, a la vía judicial.
✅ ¿Y si el título necesita actualizarse?
Si la vivienda desapareció y el título no refleja esa realidad, debe actualizarse la descripción del inmueble ante la Dirección Municipal de Ordenamiento Territorial y Urbanismo (DMOTU), como paso previo a cualquier gestión legal, incluyendo la reconstrucción.
📌 IMPORTANTE: Cada situación concreta puede tener matices distintos según el tipo de título, el estado del primer nivel y las regulaciones urbanísticas del territorio. Se recomienda consultar con un abogado de los Bufetes Colectivos antes de actuar.
👉 Consulta también: Actualización del título de propiedad de un inmueble en Cuba: cubatramite.com/solicitud-de-actualizacion-de-descripcion-de-vivienda/