07/08/2026
La Oficina de Promperú en Panamá, le saluda e informa lo siguiente:
El Perú acaba de habilitar un instrumento nuevo para atraer inversión industrial: las Zonas Económicas Especiales Privadas. El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo publicó el Decreto Supremo N.° 005-2026-MINCETUR, que aprueba el reglamento de la Ley N.° 32449 y define cómo se crean, autorizan y operan estas zonas.
El diseño es claro: administración privada, con el Mincetur a cargo de la autorización, supervisión y fiscalización. Los incentivos que establece la ley incluyen una tasa escalonada del impuesto a la renta que parte de 0 % y puede extenderse hasta 25 años, junto con un régimen aduanero especial para operadores y usuarios.
Los requisitos de entrada ya están definidos. El operador debe ser persona jurídica constituida en el Perú y comprometer una inversión mínima de 1,500 UIT en dos años —S/ 8,250,000 al valor de 2026—. Los usuarios deben ser empresas nuevas, sin operaciones previas en el rubro en el país, con una inversión mínima de 2,000 UIT, equivalente a S/ 11,000,000. Las zonas requieren terrenos de al menos 90 hectáreas, salvo excepciones técnicamente justificadas.
Un estudio conjunto del Mincetur y el Ceplan identificó a Lima, Callao, Ica y Arequipa como las regiones prioritarias, y a Moquegua, La Libertad y Piura por sus condiciones favorables, evaluadas según infraestructura logística, potencial exportador, entorno institucional y capital humano.
Para grupos empresariales de Centroamérica y el Caribe que evalúan instalar manufactura o servicios industriales en Sudamérica, este régimen merece una lectura atenta. Nuestra oficina puede facilitarle el marco normativo completo y el contacto con PROMPERÚ Inversiones.
Fuente: Mincetur, 2026.