14/08/2026
📌 RESOLUCIÓN N°0007-2025-EF/63.01 – OBLIGATORIEDAD DEL BIM EN PROYECTOS PÚBLICOS 📌
📋 MARCO NORMATIVO Y ALCANCE
Mediante la Resolución N°0007-2025-EF/63.01, publicada el 13 de agosto, se establece la obligatoriedad del uso de la metodología BIM (Building Information Modeling) en la ejecución de proyectos de inversión pública correspondientes a los siguientes sectores:
-Infraestructuras de riego.
-Red de Internet Fijo.
-Infraestructura cultural pública.
-Educación Superior Universitaria.
-Defensas Ribereñas.
-Infraestructura de protección de quebradas.
-Desembarcos pesqueros.
-Carreteras Departamentales.
-Carreteras Nacionales.
-Sistemas Integrados de Transporte.
🎯 IMPLICANCIAS PARA EL SECTOR INGENIERÍA
La implementación del BIM representa un cambio paradigmático en la gestión de proyectos de infraestructura, al promover:
🔹 Mayor eficiencia y coordinación entre las disciplinas intervinientes.
🔹 Reducción de incertidumbres durante las fases de diseño, construcción y operación.
🔹 Cumplimiento normativo exigido por el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Invierte.pe).
🔹 Competitividad profesional, alineada con estándares internacionales.
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