05/07/2026
REFORMA LABORAL PARA LA REDUCCION DE LA JORNADA LABORAL A 40 HORAS SEMANALES.
Con fecha 1 de mayo de 2026 se publica en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de reducción de la jornada laboral.
Configuración normativa de la nueva jornada.
Como ya se ha venido analizando y publicando en Fiscalia, el Decreto modifica la jornada laboral al establecer en el Artículo 59 una duración máxima de 40 horas semanales, actualmente fijado en 48 horas; sin embargo, este cambio se prevé mediante un esquema transitorio progresivo entre 2026 y 2030.
Durante este periodo, la jornada semanal se reduce gradualmente desde 48 hasta 40 horas, generando un modelo de transición regulada que obliga a las organizaciones a rediseñar sus esquemas operativos sin alterar las condiciones salariales.
El propio régimen transitorio establece expresamente que la reducción de la jornada no podrá implicar disminución de sueldos, salarios o prestaciones, lo que introduce un elemento de presión financiera y de eficiencia organizacional.
Ajustes en la jornada diaria y extraordinaria.
El Decreto mantiene la estructura de jornada diaria (8 horas diurna, 7 nocturna y 7.5 mixta), pero introduce modificaciones relevantes en materia de tiempo extraordinario:
**Se redefine el límite de horas extraordinarias semanales (hasta 12 horas en régimen final).
**Se establece una distribución máxima de hasta 4 horas diarias en un máximo de 4 días.
**Se fija un doble esquema de pago:
100% adicional dentro del límite permitido.
200% adicional cuando se excedan los límites.
Adicionalmente, se incorpora un límite absoluto: La suma de jornada ordinaria y extraordinaria no podrá exceder de 12 horas diarias.
Análisis
Esta reconfiguración tanto de límite de jornada laboral como de límite de horas extra plantea una serie de dudas y retos que se analizan en diversas publicaciones de Fiscalia, disponibles en el Especial de Fiscalia: Reducción de la Jornada Laboral a 40 horas - Análisis teórico y práctico de la jornada de 40 horas y su impacto laboral y fiscal.
Registro electrónico de jornada
Otro cambio importante es el que se prevé en el Artículo 132, al establecer la obligación patronal de:
**Registrar electrónicamente la jornada laboral.
**Documentar hora de inicio y término.
**Conservar y proporcionar la información a la autoridad.
Este registro tendrá valor probatorio pleno cuando se acredite acuerdo entre las partes.
La obligación entrará en vigor en 2027, lo que anticipa la emisión de disposiciones generales por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
El incumplimiento se sanciona con multas de 250 a 5000 UMA, conforme al Artículo 994.
Vigencia
Este decreto entra en vigor el 1 de mayo de 2026.
Implicaciones operativas, laborales, fiscales y de seguridad social.
La reforma introduce una transformación estructural en la organización del trabajo.
Consideraciones finales
Resulta necesario visualizar que la reforma no modifica únicamente la duración de la jornada, sino que combina una serie de factores que reconfiguran la organización y distribución del horario a laborar, como los siguientes:
**Gradualidad obligatoria
**Restricción del tiempo extraordinario
**Digitalización del control laboral
Este conjunto normativo configura un nuevo entorno de cumplimiento que requiere ajustes estructurales en las empresas, particularmente en sectores intensivos en mano de obra, y en Fiscalia cuentas con las herramientas de análisis más útiles y profundas que sirven de apoyo para transitar por este importante cambio.